Condenaron a 12 años de prisión al acusado de abusar sexualmente de su hijastra. Los vejámenes se produjeron entre 2013 y 2014 cuando la víctima tenía 9 años, según señaló el Tribunal Criminal Nº 1.
Más allá de la fuerte condena, el sujeto de 42 años seguirá no quedará preso hasta que la pena quede firme. El acusado llegó en libertad a juicio beneficiado por la decisión de la jueza de garantías Susana Calcinelli que había cambiado la calificación del delito a “abuso simple”. El tribunal que lo condenó entendió que se trató de un “abuso sexual agravado por el vinculo y reiterado”.
Otra de las características llamativas de la causa es que la madre de la víctima no cree en el relato de su hija y apoya a su pareja, recientemente condenada por la justicia.
S E N T E N C I A
Bahía Blanca, 26 de octubre de 2017.-
AUTOS Y VISTOS; Considerando: Que en el Acuerdo que antecede ha quedado resuelto:
Que la calificación legal que corresponde a los hechos cometidos por el procesado …….es la de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, agravado, en los términos de art. 119, 4° párrafo, inc. “f”, en relación al 2° párrafo del C. Penal. Que como consecuencia de ello, se CONDENA al procesado como autor penalmente responsable del delito antes indicado, A LA PENA DE DOCE (12) AÑOS DE PRISION CON MAS LAS ACCESORIAS LEGALES DE INHABILITACION ABSOLUTA POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD MIENTRAS DURE LA PENA, DE LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES Y DEL DERECHO DE DISPONER DE ELLOS POR ACTOS ENTRE VIVOS, con costas según hechos perpetrados en la ciudad de B. Bca.
No hacer lugar -por mayoría de opiniones– a la detención solicitada por el señor Agente Fiscal en los términos del art. 371 del C.P.P.
Esta entrada ha sido publicada el 26 de octubre, 2017 17:31
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