El Gobierno nacional oficializó hoy la decisión de la Secretaría de Comercio que obliga a los locales, a partir del 1 de febrero, a diferenciar el precio al contado de los productos de su costo de financiamiento, por ejemplo con tarjetas. Cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total.
PLAN PARA TRANSPARENTAR LOS PRECIOS
DESDE EL 1RO DE FEBRERO
LOS COMERCIOS DEBERÁN EXHIBIR
-PRECIO CONTADO
-VALOR DE CADA CUOTA
-COSTO FINANCIERO TOTAL EN FINANCIAMIENTO CON CUOTAS
—-
SE PROHIBE PROMOCIONAR “CUOTAS SIN INTERES” DE UN PRODUCTO
QUE TENGA EL FINANCIAMIENTO IMPLICITO
POR INCUMPLIMIENTO
DENUNCIARLO AL 0800 666 1518
HAY MULTAS HASTA
5.000.000
NO SE MODIFICA
AHORA 12 Y AHORA 18
Esta entrada ha sido publicada el 25 de enero, 2017 13:48
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